Código de Conducta de personas certificadas
OBJETIVO
El presente documento del Organismo de Certificación de Personas del Colegio de Ingenieros del Perú (OCPe-CIP), define el Esquema de Certificación que acredita un conjunto de conocimientos, competencias y requisitos que deben cumplir los profesionales que soliciten certificarse.
REFERENCIA
• Norma NTP ISO/IEC 17024:2013 Requisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas.
• Código de Ética del Colegio de Ingenieros del Perú.REQUISITOS Y CONDICIONES GENERALES
a) El Código de Conducta del OCPe-CIP es la base de referencia normativa y fuente documental para los principios, deberes y normas básicas de conducta profesional por las que se deben regir las personas certificadas en el desempeño de sus funciones que conduzcan a un comportamiento ético.
b) Todas las personas a las que aplica este Código de Conducta son responsables de conocer la existencia de las normas y reglas previstas para su actuación profesional, así como también de estar familiarizados con sus disposiciones e interpretarlas correctamente.
c) El presente Código está conformado por las reglas de comportamiento que deben cumplir las personas certificadas por el OCPe-CIP. Si la persona certificada es miembro del CIP adicionalmente rigen las normativas del Código de Ética del CIP.
d) Todas las personas certificadas deberán firmar el documento “OCPe-DE-001.F01 Compromiso de Adhesión al Código de Conducta para las Personas Certificadas del OCPe-CIP” en señal de total aceptación.
e) Para salvaguardar el bien común y la calidad de los trabajos, las personas certificadas deben ser conscientes de los siguientes principios y el alcance al cual aplica, entendiendo que cualquier práctica no autorizada está sujeta a la revisión del OCPe-CIP y puede resultar en la cancelación temporal o definitiva de la certificación o en sanciones disciplinarias.
f) La persona certificada deberá cumplir con las reglas de conducta adicionales que se establezcan en la sección 2.6 del Esquema de Certificación especifico que le sea aplicable.
4. NORMAS DE COMPORTAMIENTO
Toda persona certificada deberá, en el desarrollo de su actividad profesional, cumplir lo siguiente:
a) Mantener total imparcialidad en los trabajos que realice, evitando con ello prejuicios que mermen su objetividad, así como discriminaciones respecto a servicios y/o personas concretas. Como consecuencia de ello, ante cualquier conflicto de intereses que pudiera producirse, ya sea real o potencial, deberá ponerlo en conocimiento de los afectados con prontitud, tomando las medidas pertinentes al caso.b) Observar, en todo momento, honestidad y rectitud, conservando un espíritu de justicia e independencia en todas sus actividades.
c) No aceptar sobornos en cualquiera de sus modalidades, ni participar en actos de corrupción o cualquier conducta ilícita.
d) Regirse por un comportamiento ético y buenas relaciones interpersonales en todas y cada una de sus actuaciones, garantizando una integridad tangible, así como actuar en todo momento de acuerdo a la normativa y legislación aplicable.
e) Respetar los derechos humanos, culturas y tradiciones.
f) Garantizar la confidencialidad, con el sigilo o reserva de lo que se conoce por razón del ejercicio de los trabajos realizados. Lo anterior no será aplicable cuando por imperativo legal o resolución judicial el profesional esté obligado a facilitar dicha información.
g) Respetar la deontología de la organización profesional que corresponda al lugar de trabajo.
h) Contribuir al desarrollo sostenible dentro de su ámbito de competencia.
i) Presentar a su cliente un presupuesto equitativo y justificado por los servicios profesionales que se le solicite.
j) Asesorar a su cliente con la debida diligencia sobre las tareas que éste le desea encomendar.
k) Preservar la propiedad intelectual en toda documentación, información y datos suministrados por su cliente.
l) Aceptar sólo las tareas para las que esté calificado y pueda responsabilizarse.
m) Responsabilizarse de la organización y ejecución de sus trabajos profesionales.
Descargar: Compromiso de Adhesión al Código de Conducta de Personas Certificadas